Al grito de ”¡Hermana, yo te creo!”, el movimiento feminista español demostró una vez más su fuerza lanzándose a las calles después de una sentencia de abuso sexual en grupo a una joven de 18 años, en la que el Tribunal descartó que hubiera violación.
Los cinco hombres, que se hacían llamar “La Manada”, fueron condenados el jueves a nueve años de prisión por abuso sexual.
Una sentencia insuficiente para miles de personas, en su mayoría mujeres pero también hombres, que se manifestaron indignadas en Barcelona, Madrid y otras ciudades del país lanzando su propio veredicto: “No es abuso, es violación”.
El malestar es tan grande que el viernes el Gobierno anunció que estudiará una eventual proposición de reforma del código penal para los delitos de índole sexual.
El asunto se remonta a julio de 2016, durante las fiestas de San Fermín, en Pamplona (norte), donde cinco sevillanos entre 27 y 29 años llevaron a una joven madrileña al recibidor de un inmueble, abusando de ella colectivamente.
La dejaron allí, medio desnuda, después de tomarse el tiempo de robarle el teléfono móvil.
Ellos mismos grabaron los hechos en unos videos que después compartieron jactándose con sus amigos y que se convirtieron en una pieza clave del proceso.
“Es inocultable que la denunciante se encontró repentinamente en el lugar recóndito y angosto descrito, con una sola salida, rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión; al percibir esta atmósfera se sintió impresionada y sin capacidad de reacción”, argumenta la sentencia.
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"Los videos muestran a la denunciante acorralada y agazapada contra la pared por dos de los procesados y gritando, ella está ausente, mantiene todo el tiempo los ojos cerrados”, añade.
Sin embargo, los jueces no lo consideraron violación, sino la calificación menos grave de abuso sexual, estimando que aunque no dio su consentimiento, la víctima tampoco mostró oposición.
Condenados a nueve años, lejos de los 22 que pedía la fiscalía, los cinco hombres podrían quedar en libertad condicional mucho antes.
El código penal español solo comprende violación cuando se prueba la existencia de “violencia” o “intimidación”.