Jeikel Venegas, jugador del Cartaginés, protagonizó una situación que puso en el tapete un tema laboral del que se habla poco, pero puede ocurrir.
Recordemos que hace unos días salieron a la luz pública unos videos íntimos de Venegas en su lugar de trabajo (el estadio Fello Meza), en los que se ve que sale con el uniforme de su equipo, mostrando sus partes íntimas e incluso tocándose; ante esta situación hablamos con el abogado y representante de jugadores Adolfo Hernández Aguilar, quien nos señaló varios puntos importantes si llegará a pasar este tipo de situaciones en algún centro de trabajo.
“Se debe saber que el futbolista es un trabajador normal, igual que cualquier persona trabajadora. Se rige con el código del trabajador y las normativas laborales del país. Tienen que estar asegurados, tener póliza, cumplir con todo el tema de riesgos de trabajo, entre otras cosas. Por lo tanto, para los jugadores no hay trato especial, ni trato diferenciado al ser futbolista, o ser empleado de una compañía; es lo mismo”, dijo el abogado.
Hernández, aclarando este tema, nos habló a lo que se puede exponer un colaborador de cualquier empresa.
“Definitivamente, hay un daño en la imagen del patrono como tal, de eso no hay duda. Además, estamos hablando de un comportamiento contrario a la moral y buenas costumbres y eso podría acarrear sanciones dentro de la relación laboral, desde una amonestación inclusive hasta un despido si se tiene esta situación, o, como en este caso, un rompimiento de contrato porque esas acciones son consideradas como una falta muy grave dentro de la empresa, por haber expuesto la marca, la institución, la imagen, en situaciones que no son normales”, dijo el abogado y representante de futbolistas acá en Costa Rica.
Hernández comentó que desde su criterio como profesional, si se dan este tipo de acciones con un colaborador, puede ser despedido sin responsabilidad patronal, es decir, se va sin un cinco por la acción que cometió.
“Se podría despedir sin responsabilidad patronal por todos los daños que le está haciendo a la marca o al patrono de tener este tipo de exposición, contrarios a las buenas costumbres dentro de las instalaciones de su lugar de trabajo. Esta es una consecuencia que podría tener esa acción, pero al final es una decisión del patrono qué tipo de sanción o regla aplicar, pero yo sí veo procedente un despido sin responsabilidad patronal”, detalló el abogado.
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La Teja le consultó al abogado si es posible que un patrono pueda demandar a un colaborador pasando este tipo de situaciones y nos señaló que cabe la posibilidad por el comportamiento y los daños que causó la persona.
“El tema es demostrar cuáles son esos daños, pero sí, es algo que el patrono puede analizar y hacer”, expresó.
Para el abogado, si un colaborador que pasó por esta situación llega a tocar puerta a otra empresa, a la hora de contratarlo estas situaciones no se deberían contemplar; sin embargo, pueden ser negativas.
“Pero en este caso (Jeikel) es algo que se hizo público y puede crear algún comportamiento de ese tipo, pero legalmente no debería, pero sí se puede crear esa consecuencia negativa a futuro para el jugador”, concluyó.
Según una una fuente de La Teja, en Cartaginés le llamaron fuertemente la atención al jugador, pero decidieron no despedirlo.