Con la llegada de diciembre, también se aproxima uno de los beneficios más esperados por los trabajadores costarricenses: el aguinaldo, conocido como decimotercer salario.
Este pago debe realizarse antes del 20 de diciembre, es un derecho fundamental para todos los empleados, y es crucial que los patronos cumplan con esta obligación.
Es importante garantizar un pago puntual, ya que el aguinaldo se calcula como un doceavo de todos los salarios devengados entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. Esto incluye no solo el salario base, sino también horas extras, bonificaciones y otros ingresos.
Según la ley, entre los aspectos clave sobre el aguinaldo, destaca que no importa el tipo de contrato; todos los colaboradores tienen derecho a recibirlo, a excepción de aquellos cuya relación laboral no alcance al menos un mes.
Según BDS Asesores, en caso de incapacidad, el aguinaldo se calcula solo sobre el tiempo que se percibió salario, mientras que las licencias de maternidad, paternidad o adopción sí cuentan para su cálculo.
Además, los empleadores que no cumplan con este deber podrían enfrentar multas y ser considerados en incumplimiento de sus obligaciones laborales.
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“El patrono podría hacerse acreedor de una multa, pues podría iniciarse en su contra un proceso de infracción a las normas laborales, con lo cual podría verse expuesto a multas que van desde uno a 23 salarios base. Este incumplimiento también podría darse si el patrono no realiza el cálculo correcto del aguinaldo o no llegará a tomar en cuenta los rubros anteriormente mencionados”, dio a conocer el bufete de abogados.
Es importante señalar que el aguinaldo está exento de retenciones por cargas sociales o impuesto sobre la renta, lo que significa que usted recibirá la totalidad de este beneficio. El aguinaldo únicamente podría ser embargado hasta en un 50% por concepto de pensión alimentaria y por orden judicial.