La Reforma Procesal Laboral, si bien viene a proteger mayoritariamente a los trabajadores, es consciente de que habrá pequeños empresarios que podrían no tener platica para defenderse en un juicio que les entable algún trabajador.
Por eso es que el artículo 672 del nuevo Código de Trabajo, en el último apartado indica que: "Cuando la parte acusada no provee su defensa, esta le será suministrada por la asistencia social, pero deberá cubrir el costo, si no reúne los requisitos para recibir esa asistencia de forma gratuita".
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Es decir que no podrá jugar de vivo y hacerse el que no tiene plata para pagar un abogado, pues si se comprueba que sí tiene recursos para defenderse, lo harán cobrado.
"Esta ayuda se da porque de ahora en adelante, aunque no esté el patrono presente (artículo 675), podría salir condenado por infracción a las leyes de trabajo, entonces se le asigna un abogado de oficio si no presenta alguno", explicó Eric Briones, especialista en Derecho Laboral.
Si bien es cierto, muchos de los que caben acá serán pulseadores que tengan su pulpería, una verdulería, también entran empresarios con mucho personal a su cargo y que estén en quiebra y no tengan ganancias superiores a los ¢852.400 para defenderse.
"No sé cómo van a reglamentar eso, si va a ser por medio de Tributación Directa, un estudio de personería jurídica para ver qué bienes tienen. Eso está para reglamentarse. Actualmente hay un vacío legal y se presta a muchas interpretaciones", agregó Briones.