Las embarazadas, mujeres en periodo de lactancia y los menores de entre 15 y 18 años tendrán derecho a abogado gratis, siempre que sus derechos laborales sean violentados por el patrono.
Así lo establece la Reforma Procesal Laboral en su artículo 453 que dice lo siguiente: "El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) suministrará asistencia legal gratuita a las personas trabajadoras menores de edad que necesiten ejercitar acciones en los tribunales de trabajo, así como a las madres para el reclamo de sus derechos laborales relacionados con la maternidad".
LEA MÁS: Adiós al cuentazo de la reorganización de personal
Según nos explicó el doctor en Derecho Laboral Eric Briones, los menores de entre 15 y 18 años son los únicos autorizados por ley para trabajar y deberán presentarse en la oficina del PANI más cercana para pedir dicha defensa.
En el caso de las mamitas serán defendidas por el PANI debido a que la institución defendería los derechos del menor que está en la pancita o el que acaba de nacer, si está en periodo de lactancia.
"La mujer embarazada o en periodo de lactancia no puede ser despedida sin responsabilidad patronal. En caso de querer hacerlo, el patrono debe pedir permiso en el Ministerio de Trabajo", explicó Lupita Quintero especialista en Derecho Laboral de Nassar Abogados.
Lo mismo sucede con los menores de edad, quienes tienen una protección especial por la cual no pueden ser despedidos, pero si lo hicieran por discriminación por edad, podría exigir este nuevo derecho.
Faltan abogados
Sin embargo, el PANI indicó que les dieron la responsabilidad, pero sin el personal para poder realizarlo, por lo que los casos que se presenten a partir de este 25 de julio, serán cubiertos por el departamento de asesoría jurídica, mientras se desembolsa la plata para contratar a cuatro abogados dedicados exclusivamente a este fin, según explicó Fanny Cordero, encargada de comunicación de la institución.
LEA MÁS: Jefes pulseadores también serán apadrinados
Otras que podrían tener abogado gratis, pero presentándose en los Juzgados de Trabajo directamente, serían las empleadas domésticas que sean despedidas sin el pago del preaviso, la cesantía, vacaciones y aguinaldo.
"Las empleadas domésticas tendrían derecho a su defensor gratuito, por tener ingresos inferiores a ¢852.400, y no tanto por el hecho de ser mujeres", aclaró Quintero.